Hace cinco años, en estas mismas páginas, reflexionábamos sobre la necesidad urgente de contar con un sistema tributario dotado de reglas claras, previsibilidad y estabilidad normativa. Señalábamos entonces que el verdadero beneficio fiscal no surgiría de medidas paliativas, sino de una reforma estructural capaz de sentar las bases para una relación más justa y equitativa entre el Estado y los contribuyentes, superando décadas de parches y remiendos que solo generaron inestabilidad y desconfianza mutua.
Hoy, en el llamado “Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina”, un nuevo proyecto de ley remitido al Congreso por el Poder Ejecutivo (Mensaje N.º 14/2025) renueva ese debate con fundamentos sólidos. Este ambicioso paquete de reformas —que abarca tanto al procedimiento tributario como al Régimen Penal Tributario— propone un cambio de paradigma: reconocer al contribuyente como un ciudadano que actúa de buena fe y no como un presunto evasor. Esta nueva mirada se alinea con la idea de reconstruir la confianza legítima en la Administración, principio consagrado recientemente en la Ley de Bases y fundamental para una cultura fiscal saludable.
Desde el ámbito académico y profesional del derecho tributario, hemos sostenido reiteradamente la necesidad de fortalecer los derechos de los contribuyentes y simplificar una relación históricamente laberíntica. El nuevo proyecto avanza en esa dirección con medidas concretas que detallamos a continuación.
El principio de inocencia fiscal como eje de la confianza legítima
La iniciativa refleja la voluntad de recuperar la confianza ciudadana en el Estado. Se propone un “principio de inocencia fiscal” que permita a los ahorristas disponer libremente de sus fondos, una vez cumplidas ciertas condiciones, sin tener que demostrar su origen. El proyecto pretende otorgar efecto liberatorio a declaraciones juradas simplificadas presentadas de buena fe, presume su exactitud en períodos no prescriptos y limita la fiscalización retroactiva cuando no haya desvíos significativos. Se prioriza así la coherencia de los ingresos declarados por sobre una vigilancia patrimonial desproporcionada. Este cambio representaría un avance clave hacia una relación más equilibrada entre el contribuyente y la Administración.
Simplificación como instrumento de confianza
Otro eje del proyecto es la reducción de la carga de cumplimiento tributario. Para ello, se propone un régimen opcional y simplificado del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas que cumplan ciertos requisitos patrimoniales e ingresos. Esta medida no sólo intenta promover una Administración más ágil y eficiente, sino que disminuiría costos desproporcionados para ciudadanos y empresas. Al fomentar la formalización de actividades económicas, contribuiría también a consolidar la confianza de los contribuyentes en un sistema más accesible y menos oneroso.
Certeza jurídica: armonización de los plazos de prescripción
El proyecto atiende a una demanda histórica de la doctrina tributaria: la necesidad de plazos de prescripción más uniformes y breves. Propone reducir a tres años el plazo en casos donde la declaración jurada haya sido presentada en término y no existan diferencias relevantes. Además, invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adoptar regímenes simplificados y coordinados con el sistema nacional, atacando así la dispersión normativa. Este movimiento hacia una virtual codificación unificada en el procedimiento tributario es esencial para garantizar seguridad jurídica.
Un régimen penal tributario más justo y proporcional
La reforma también alcanza al Régimen Penal Tributario, con el objetivo de dirigir el poder punitivo del Estado hacia conductas que efectivamente causan un daño significativo al erario. Se prevé, entre otras medidas, el muy esperado aumento de los montos mínimos para configurar delitos tributarios y la posibilidad de extinguir la acción penal mediante el pago íntegro de la deuda, por única vez, antes de la formalización de la denuncia penal. Esta racionalización permitiría reducir la litigiosidad ineficiente y reforzar la presunción de buena fe, pilares indispensables de la confianza legítima en la actuación estatal.
Si bien aún resta un largo camino para reconstruir plenamente la confianza entre los ciudadanos y la Administración, este proyecto —al igual que la reciente actualización de la Ley de Procedimientos Administrativos— fortalece principios esenciales como la juridicidad, la razonabilidad, la buena fe, la transparencia y la tutela administrativa efectiva.
Como afirmamos en su momento, construir un entorno tributario más razonable, uniforme y con menor litigiosidad es clave para preservar la libertad individual y fomentar la iniciativa privada. Este nuevo enfoque, que busca dejar atrás un modelo basado en la desconfianza y el exceso de control, abre la posibilidad de avanzar hacia un sistema fiscal que respete derechos y promueva la cooperación. La pronta sanción de esta reforma marcaría, sin duda, un hito en la reconstrucción de la seguridad jurídica en nuestro país.
El autor es abogado especialista y profesor adjunto de Derecho Tributario. Socio del estudio Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
Hace cinco años, en estas mismas páginas, reflexionábamos sobre la necesidad urgente de contar con un sistema tributario dotado de reglas claras, previsibilidad y estabilidad normativa. Señalábamos entonces que el verdadero beneficio fiscal no surgiría de medidas paliativas, sino de una reforma estructural capaz de sentar las bases para una relación más justa y equitativa entre el Estado y los contribuyentes, superando décadas de parches y remiendos que solo generaron inestabilidad y desconfianza mutua.
Hoy, en el llamado “Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina”, un nuevo proyecto de ley remitido al Congreso por el Poder Ejecutivo (Mensaje N.º 14/2025) renueva ese debate con fundamentos sólidos. Este ambicioso paquete de reformas —que abarca tanto al procedimiento tributario como al Régimen Penal Tributario— propone un cambio de paradigma: reconocer al contribuyente como un ciudadano que actúa de buena fe y no como un presunto evasor. Esta nueva mirada se alinea con la idea de reconstruir la confianza legítima en la Administración, principio consagrado recientemente en la Ley de Bases y fundamental para una cultura fiscal saludable.
Desde el ámbito académico y profesional del derecho tributario, hemos sostenido reiteradamente la necesidad de fortalecer los derechos de los contribuyentes y simplificar una relación históricamente laberíntica. El nuevo proyecto avanza en esa dirección con medidas concretas que detallamos a continuación.
El principio de inocencia fiscal como eje de la confianza legítima
La iniciativa refleja la voluntad de recuperar la confianza ciudadana en el Estado. Se propone un “principio de inocencia fiscal” que permita a los ahorristas disponer libremente de sus fondos, una vez cumplidas ciertas condiciones, sin tener que demostrar su origen. El proyecto pretende otorgar efecto liberatorio a declaraciones juradas simplificadas presentadas de buena fe, presume su exactitud en períodos no prescriptos y limita la fiscalización retroactiva cuando no haya desvíos significativos. Se prioriza así la coherencia de los ingresos declarados por sobre una vigilancia patrimonial desproporcionada. Este cambio representaría un avance clave hacia una relación más equilibrada entre el contribuyente y la Administración.
Simplificación como instrumento de confianza
Otro eje del proyecto es la reducción de la carga de cumplimiento tributario. Para ello, se propone un régimen opcional y simplificado del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas que cumplan ciertos requisitos patrimoniales e ingresos. Esta medida no sólo intenta promover una Administración más ágil y eficiente, sino que disminuiría costos desproporcionados para ciudadanos y empresas. Al fomentar la formalización de actividades económicas, contribuiría también a consolidar la confianza de los contribuyentes en un sistema más accesible y menos oneroso.
Certeza jurídica: armonización de los plazos de prescripción
El proyecto atiende a una demanda histórica de la doctrina tributaria: la necesidad de plazos de prescripción más uniformes y breves. Propone reducir a tres años el plazo en casos donde la declaración jurada haya sido presentada en término y no existan diferencias relevantes. Además, invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adoptar regímenes simplificados y coordinados con el sistema nacional, atacando así la dispersión normativa. Este movimiento hacia una virtual codificación unificada en el procedimiento tributario es esencial para garantizar seguridad jurídica.
Un régimen penal tributario más justo y proporcional
La reforma también alcanza al Régimen Penal Tributario, con el objetivo de dirigir el poder punitivo del Estado hacia conductas que efectivamente causan un daño significativo al erario. Se prevé, entre otras medidas, el muy esperado aumento de los montos mínimos para configurar delitos tributarios y la posibilidad de extinguir la acción penal mediante el pago íntegro de la deuda, por única vez, antes de la formalización de la denuncia penal. Esta racionalización permitiría reducir la litigiosidad ineficiente y reforzar la presunción de buena fe, pilares indispensables de la confianza legítima en la actuación estatal.
Si bien aún resta un largo camino para reconstruir plenamente la confianza entre los ciudadanos y la Administración, este proyecto —al igual que la reciente actualización de la Ley de Procedimientos Administrativos— fortalece principios esenciales como la juridicidad, la razonabilidad, la buena fe, la transparencia y la tutela administrativa efectiva.
Como afirmamos en su momento, construir un entorno tributario más razonable, uniforme y con menor litigiosidad es clave para preservar la libertad individual y fomentar la iniciativa privada. Este nuevo enfoque, que busca dejar atrás un modelo basado en la desconfianza y el exceso de control, abre la posibilidad de avanzar hacia un sistema fiscal que respete derechos y promueva la cooperación. La pronta sanción de esta reforma marcaría, sin duda, un hito en la reconstrucción de la seguridad jurídica en nuestro país.
El autor es abogado especialista y profesor adjunto de Derecho Tributario. Socio del estudio Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen