El gobierno de Estados Unidos podría implementar una medida que restringiría el ingreso de ciudadanos cubanos e incluso de residentes permanentes originarios de la isla, bajo una disposición legal conocida como la Sección 212(f) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés).
La Sección 212(f): el poder presidencial para restringir entradas a Estados Unidos
La Sección 212(f) de la INA otorga al presidente de Estados Unidos la facultad de suspender el ingreso de extranjeros cuando considere que su llegada sería “perjudicial para los intereses del país”. La interpretación es amplia: permite prohibir la entrada de “inmigrantes o no inmigrantes” por tiempo indefinido, así como también habilita a imponer restricciones específicas.
Sin embargo, este poder no es absoluto. Los tribunales establecieron límites, al señalar que no puede anular otros derechos migratorios, como el de solicitar asilo. Algunos aspectos clave de esta norma son:
Origen y alcance: creada en 1952, fue invocada por presidentes de ambos partidos para bloquear el acceso de personas vinculadas a regímenes sancionados, corrupción o crisis humanitarias.Límites legales: no puede usarse para ignorar garantías procesales (como el derecho a un juicio justo) ni para resolver problemas internos, como el desempleo.Casos emblemáticos: en 2017, Donald Trump aplicó esta sección para prohibir el ingreso de ciudadanos de siete países de mayoría musulmana. Tras varias batallas judiciales, la medida fue avalada por la Corte Suprema en 2018.
¿Cómo podría afectar la 212(f) a residentes permanentes cubanos?
Aunque la Sección 212(f) menciona explícitamente a “no ciudadanos”, su aplicación a residentes permanentes (titulares de la “green card”) es un tema controvertido. En el pasado, órdenes ejecutivas similares incluyeron excepciones para este grupo, pero no hay garantías de que ocurra lo mismo en el futuro.
El abogado migratorio José Guerrero explicó en una entrevista en el canal de YouTube del periodista Daniel Benítez que “si el presidente invoca esta sección y especifica que aplica a no ciudadanos, podría incluir a residentes permanentes”. “En 2017, tras protestas y demandas, se excluyó a este grupo, pero no hay certeza ahora”, advirtió.
Actualmente, no hay restricciones activas, pero Guerrero recomendó precaución: “Quienes no tengan un viaje urgente deberían esperar a que se aclare el panorama”.
Posibles escenarios para cubanos y venezolanos ante esta ley
En caso de que esta ley sea implementada por Trump contra ciudadanos de Cuba y Venezuela, podría traer consecuencias como:
Restricciones en fronteras: la Sección 212(f) se utilizó para negar asilo a quienes cruzan ilegalmente, como ocurrió en 2018 bajo Trump y en 2024 con Biden.Impacto en permisos de trabajo: aunque no hay pruebas de que se cancelen masivamente, algunos beneficiarios de “parole humanitario” (un permiso temporal) ya enfrentan revisiones. Guerrero aclaró que esto no afecta a quienes ingresaron por programas como el CBP One.Riesgo para solicitantes de asilo: cubanos con casos cerrados o rechazados podrían enfrentar deportación acelerada si regresan a la isla, ya que EE.UU. podría interpretar su viaje como abandono de la solicitud.
Recomendaciones clave para los cubanos ante la incertidumbre de la aplicación de la ley
Mientras se espera una decisión oficial, el abogado sugirió:
Verificar estatus migratorio: residentes permanentes deben confirmar que su documentación esté vigente antes de viajar.Consultar a especialistas: cada caso es único, especialmente para quienes tienen procesos de asilo pendientes o permisos temporales.
Para la comunidad cubana, cuyos miembros llegaron a Estados Unidos en cifras récord en los últimos años, esta medida podría marcar un punto de inflexión. Como resumió Guerrero: “Hoy no hay prohibición, pero el riesgo existe. La historia muestra que las leyes migratorias pueden cambiar de la noche a la mañana”.
El gobierno de Estados Unidos podría implementar una medida que restringiría el ingreso de ciudadanos cubanos e incluso de residentes permanentes originarios de la isla, bajo una disposición legal conocida como la Sección 212(f) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés).
La Sección 212(f): el poder presidencial para restringir entradas a Estados Unidos
La Sección 212(f) de la INA otorga al presidente de Estados Unidos la facultad de suspender el ingreso de extranjeros cuando considere que su llegada sería “perjudicial para los intereses del país”. La interpretación es amplia: permite prohibir la entrada de “inmigrantes o no inmigrantes” por tiempo indefinido, así como también habilita a imponer restricciones específicas.
Sin embargo, este poder no es absoluto. Los tribunales establecieron límites, al señalar que no puede anular otros derechos migratorios, como el de solicitar asilo. Algunos aspectos clave de esta norma son:
Origen y alcance: creada en 1952, fue invocada por presidentes de ambos partidos para bloquear el acceso de personas vinculadas a regímenes sancionados, corrupción o crisis humanitarias.Límites legales: no puede usarse para ignorar garantías procesales (como el derecho a un juicio justo) ni para resolver problemas internos, como el desempleo.Casos emblemáticos: en 2017, Donald Trump aplicó esta sección para prohibir el ingreso de ciudadanos de siete países de mayoría musulmana. Tras varias batallas judiciales, la medida fue avalada por la Corte Suprema en 2018.
¿Cómo podría afectar la 212(f) a residentes permanentes cubanos?
Aunque la Sección 212(f) menciona explícitamente a “no ciudadanos”, su aplicación a residentes permanentes (titulares de la “green card”) es un tema controvertido. En el pasado, órdenes ejecutivas similares incluyeron excepciones para este grupo, pero no hay garantías de que ocurra lo mismo en el futuro.
El abogado migratorio José Guerrero explicó en una entrevista en el canal de YouTube del periodista Daniel Benítez que “si el presidente invoca esta sección y especifica que aplica a no ciudadanos, podría incluir a residentes permanentes”. “En 2017, tras protestas y demandas, se excluyó a este grupo, pero no hay certeza ahora”, advirtió.
Actualmente, no hay restricciones activas, pero Guerrero recomendó precaución: “Quienes no tengan un viaje urgente deberían esperar a que se aclare el panorama”.
Posibles escenarios para cubanos y venezolanos ante esta ley
En caso de que esta ley sea implementada por Trump contra ciudadanos de Cuba y Venezuela, podría traer consecuencias como:
Restricciones en fronteras: la Sección 212(f) se utilizó para negar asilo a quienes cruzan ilegalmente, como ocurrió en 2018 bajo Trump y en 2024 con Biden.Impacto en permisos de trabajo: aunque no hay pruebas de que se cancelen masivamente, algunos beneficiarios de “parole humanitario” (un permiso temporal) ya enfrentan revisiones. Guerrero aclaró que esto no afecta a quienes ingresaron por programas como el CBP One.Riesgo para solicitantes de asilo: cubanos con casos cerrados o rechazados podrían enfrentar deportación acelerada si regresan a la isla, ya que EE.UU. podría interpretar su viaje como abandono de la solicitud.
Recomendaciones clave para los cubanos ante la incertidumbre de la aplicación de la ley
Mientras se espera una decisión oficial, el abogado sugirió:
Verificar estatus migratorio: residentes permanentes deben confirmar que su documentación esté vigente antes de viajar.Consultar a especialistas: cada caso es único, especialmente para quienes tienen procesos de asilo pendientes o permisos temporales.
Para la comunidad cubana, cuyos miembros llegaron a Estados Unidos en cifras récord en los últimos años, esta medida podría marcar un punto de inflexión. Como resumió Guerrero: “Hoy no hay prohibición, pero el riesgo existe. La historia muestra que las leyes migratorias pueden cambiar de la noche a la mañana”.